Manual De Conductores La Florida: Delincuentes Habituales
2. Licencia de Conducir de la Florida
- 2.1. Definiciones
- 2.2. Clasificación de las Licencias de Conducir de la Florida
- 2.3. ¿Quién la necesita?
- 2.4. ¿Quién no la necesita?
- 2.5. Requisitos de Identificación
- 2.6. Requisitos de la Vista
- 2.7. El Consentimiento de los Padres para un Menor
- 2.8. Exámenes
- 2.9. Requisitos Físicos y Mentales
- 2.10. Códigos de restricciones y endosos de las licencias de conducir de la Florida
- 2.11. Servicio selectivo
- 2.12. Educación sobre las Leyes de Tráfico y el Abuso de Sustancias Controladas
- 2.13. Delincuentes Sexuales y Depredadores Sexuales
- 2.14. Delincuentes Habituales
- 2.15. Contribuciones Voluntarias
- 2.16. Recargos para la Licencia de Conducir
A partir del 1ro de enero del 2003: los delincuentes habituales son las personas que son designadas como delincuentes habituales de delitos mayores violentos, criminales habituales violentos o delincuentes que han cometido delitos violentos en tres ocasiones diferentes, secciones 775.26, 944.608 y 944.609 de los Estatutos de la Florida.
Dentro de un plazo de 2 días laborables de haber completado la inscripción requerida como un delincuente habitual en la Florida, todos los delincuentes habituales que no estén encarcelados, incluyendo los delincuentes habituales que estén bajo la supervisión del Departamento de Correcciones de la Florida, deberán inscribirse en persona en una oficina de las licencias de conducir del Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados u oficina del recaudador de impuestos. Si califica, tal persona deberá obtener una licencia de conducir o una tarjeta de identificación de la Florida.
Cada vez que la licencia de conducir o la tarjeta de identificación del delincuente habitual deba renovarse y dentro de un plazo de 2 días laborables de cualquier cambio de residencia del delincuente habitual o del cambio de nombre del delincuente habitual debido a matrimonio u otro proceso legal, el delincuente habitual deberá reportarse en persona a una oficina de las licencias de conducir u oficina del recaudador de impuestos. Si califica, tal persona deberá obtener una licencia de conducir o una tarjeta de identificación de la Florida. El delincuente habitual deberá identificarse como tal y proporcionar su lugar de residencia permanente o temporal. Los números de un apartado postal no se pueden usar en lugar de una dirección residencial física.
Para obtener más información acerca de los requisitos de inscripción y notificación, puede comunicarse con la oficina del alguacil local, su oficial de supervisión de Libertad Condicional y Libertad Bajo Palabra, o al FDLE, llamando al 1-888-357-7332), escribiendo a Career Offender Unit, Post Office Box 1489, Tallahassee, Florida 32302-1489, o visitando www.fdle.state.fl.us.
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