Manual De Conductores La Florida: Ciclomotores
7. Equipos del Vehículo
- 7.1. Normas para el Equipo del Vehículo
- 7.2. Demás Equipo Estándar
- 7.3. Equipos que No están Permitidos
- 7.4. Equipos Adicionales Requeridos en Ciertos Vehículos
- 7.5. Limitaciones para Remolcar
- 7.6. Limitaciones de Carga; Para Asegurar la Carga
- 7.7. De noche
- 7.8. De día
- 7.9. Sistema De Frenos Antibloqueo (ABS)
- 7.10. Emisiones - Por favor No Altere el Sistema de Control de Emisiones
- 7.11. Bicicletas
- 7.12. Ciclomotores
- 7.13. Licencias para los Vehículos
- 7.14. Pruebas de Titulo y de Cobertura de Seguros
- 7.15. Para Solicitar el Título, la Chapa y la Matrícula
Las personas que conducen ciclomotores tienen los mismos derechos y responsabilidades que los conductores de vehículos motorizados. Los conductores de ciclomotores recibirán citaciones por cometer infracciones de tráfico.
Conozca y obedezca estas leyes para ciclomotores:
- Tiene que tener 16 años o más de edad para conducir un ciclomotor en las vías públicas.
- Los conductores de ciclomotores tienen que tener por lo menos una licencia de conducir Clase E. Un endoso de motocicletas no es requerido.
- Hay que registrar los ciclomotores anualmente y comprar una chapa.
- No se puede conducir los ciclomotores en las sendas para bicicletas o para caminar.
- Los conductores de ciclomotores no están obligados a llevar consigo seguros de PIP. Los conductores de 16 años o más no están obligados a llevar un casco.
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